Atrás Tramitación de SATEs: ¿Licencia o declaración responsable?
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Tramitación de SATEs: ¿Licencia o declaración responsable?
La instalación o modificación de elementos tipos SATE en edificación no catalogada se tramitará mediante la fórmula de declaración responsable en Madrid capital, siempre que se mantenga el color existente en la fachada, al no constituir el cambio de revestimiento una variación sustancial de la composición general exterior del inmueble.
Ha puntualizado el Ayuntamiento de Madrid a una consulta efectuada por el Colegio de Aparejadores de Madrid.
Asimismo, la Dirección General de Edificación y la Agencia de Actividades del Ayuntamiento indican que, en edificación igualmente no catalogada en entorno protegido, también podrían tramitarse las actuaciones en el SATE por declaración responsable en los mismos supuestos anteriores, previo dictamen de la Comisión de Patrimonio correspondiente.
En el caso de edificios protegidos, en los que la fachada sea elemento de restauración obligatoria, el Ayuntamiento subraya que “cualquier actuación en la misma requerirá proyecto LOE y, por tanto, licencia urbanística, salvo las actuaciones puntuales que no alteren ni modifiquen los elementos de restauración obligatoria al entender que dichos elementos no se ven afectados (Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables de Madrid)”.
Queda aclarado el procedimiento para la tramitación de los medios de intervención municipal en estos casos, lo que aportará seguridad jurídica para todos los agentes involucrados en la actividad rehabilitadora.
Esta interpretación de los servicios técnicos municipales, como consecuencia de una consulta del Colegio de Aparejadores de Madrid, supone un importante avance, al quedar aclarado el procedimiento para la tramitación de los medios de intervención municipal en estos casos, lo que aportará seguridad jurídica para todos los agentes involucrados en la actividad rehabilitadora.
El Colegio había elevado esta duda a los técnicos municipales dada la trascendencia que tendría la elección de uno u otro procedimiento para la gestión de las ayudas a la rehabilitación energética de edificios residenciales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de los Fondos Europeos Next Generation.